"El valor intrínseco y la dignidad personal de todo ser humano no están sujetos a cambios, cualesquiera que sean las circunstancias concretas de su vida. Un hombre, aun gravemente enfermo o impedido en el ejercicio de sus funciones más elevadas, es y seguirá siendo un hombre; jamás se convertirá en ‘vegetal’ o ‘animal’”.

“Para con estas personas, médicos y agentes sanitarios, sociedad e Iglesia tienen deberes morales de los que no pueden eximirse (…) El enfermo en estado vegetativo, a la espera de recuperación o de su fin natural, tiene derecho, por lo tanto, a una asistencia sanitaria básica (nutrición, hidratación, higiene, calefacción, etc…) y a la prevención de las complicaciones relacionadas con su permanencia en la cama. También tienen derecho a una intervención rehabilitativa específica y al control y seguimiento de eventuales señales clínicas de recuperación”.

“En especial, quisiera subrayar cómo la administración de agua y alimento, incluso cuando se realizara mediante vías artificiales, constituye siempre un medio natural de conservación de la vida, y no un acto médico. Su uso deberá considerarse por lo tanto, en principio, ordinario y proporcionado, y como tal moralmente obligatorio (…)”.

“La valoración de las probabilidades, basadas en las escasas esperanzas de recuperación cuando el estado vegetativo se prolonga durante más de un año, no puede justificar éticamente el abandono o la interrupción de las atenciones mínimas al paciente, que incluyen alimentación e hidratación. En efecto, la muerte por hambre y sed es el único resultado posible que de su suspensión se deriva, por lo que dicha interrupción acaba configurándose, en caso de realizarse consciente y deliberadamente, como una auténtica eutanasia por omisión”.

“Admitir que se pueda decidir acerca de la vida del hombre sobre la base de un reconocimiento desde el exterior de su calidad equivale a reconocer que a cualquier sujeto se le pueden atribuir desde el exterior niveles crecientes o decrecientes de calidad de vida y, por ende, de dignidad humana, introduciendo así un principio discriminatorio y eugenésico en las relaciones sociales”.

“(...) es necesario promover acciones positivas para contrarrestar las presiones a favor de la suspensión de la hidratación y de la alimentación como medio de poner fin a la vida de estos pacientes”.

Entre otras medidas, Juan Pablo alienta a apoyar a las familias “que han tenido a un ser querido afectado por tan terrible condición clínica. No se las puede dejar solas con su gravosa carga humana, psicológica y económica”.